Seguimos contándote que dicen los expertos en las conferencias televisivas nocturnas, que por si acaso no estás para ver, nosotros te contamos.

La actualización de los actores económicos -que significa convertir el cuentapropismo que tuvimos hasta ahora en tres formas de gestión diferentes: mipyme, cooperativa no agropecuaria o trabajador autónomo- genera dudas. Te hicimos esta guía de preguntas y respuestas. Pero ahora necesitas conocer el proceso jurídico para su creación y comienzo del ejercicio de la actividad.

1. Realizar la solicitud para iniciar el proceso de creación de mipymes/cna a través del llenado de forma online de una planilla de solicitud junto a dos documentos adjuntos (estatutos y listado de socios). Si no te es posible esta vía puede descargarlos, y luego enviarlos vía correo electrónico. ¿Cómo accede a la planilla? A partir del día 20 de septiembre estará disponible y operativa la plataforma de actores económicos, sitio web mediante el cual puede tramitar todo su papeleo (aunque en determinadas condiciones se permitirá la forma presencial). Solo un socio designado por el resto será el encargo de efectuar los trámites y podrá dar seguimiento al resto de los procesos a través de dicha plataforma. El Ministerio de Economía y Planificación (MEP) es la institución encarga de administrar el procedimiento de constitución de las nuevas organizaciones y cuenta con un máximo 5 días hábiles para aprobar la solicitud (después de recibirla).

2. El MEP comunica al banco comercial correspondiente la aprobación del proyecto, para que este abra una cuenta de depósito en la cual los socios colocarán los fondos iniciales que constituyen el capital social. Asimismo, el MEP envía el expediente digital a las Direcciones Provinciales de Justicia y a las Oficinas del Historiador o Conservador, pues este tipo de instituciones debe conceder un permiso de uso del suelo si la entidad está enclavada en alguna zona priorizada para la conservación.

3. Las Direcciones Provinciales de Justicia disponen de 1 día hábil para remitir el expediente digital a la notaría que corresponda dada la ubicación territorial de la organización. Después se elabora la escritura notarial en un plazo no mayor de 7 días. Cuando esté lista debe presentarse junto a los otros socios a dicha notaría para formalizar el trámite.

4. La notaría incorpora al expediente digital la escritura notarial e informa al Registro Mercantil, que procede a inscribir la mipyme o cna después de recibir los documentos de la plataforma del MEP. Antes de los 7 días hábiles se emitirá la Certificación de Inscripción en el Registro Civil, que deberá recoger en persona. En este momento ya tiene su negocio legalizado. ¿Qué falta? Continúe leyendo porque aún necesita realizar otras formalidades antes de comenzar a operar.

Importante: Si las gestiones no las ejecuta a través de la plataforma del MEP, cuenta con 30 días hábiles para inscribir su organización en el Registro Mercantil provincial que concierna.

5. El MEP remite a la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) el expediente legal para que su entidad sea oficializada como contribuyente y le entreguen los documentos que lo avalan.

6. Después de la notificación de inscripción en la ONAT, el banco comercial le citará para que inicie personalmente las gestiones de creación de la cuenta corriente de la empresa o cooperativa. Si sus actividades económicas están relacionadas con la gastronomía, el alojamiento, la recreación u otras, también tendrá que inscribirse en el Registro Central Comercial.

7. Por último el MEP envía una copia del expediente legal a las Oficinas de Trámites para conceder las licencias y permisos requeridos según las actividades a desarrollar. Cuando concluya este paso ¡está listo!

Las mipymes o cna que tengan su origen en los negocios por cuenta propia legalizados, mantienen las licencias y permisos si continúan realizando las mismas actividades.

Nota: Desde el ElTCP.com le recomendamos documentarse bien sobre las leyes, mantenerse al tanto de todo el proceso, conservar la calma y organización para que no cometa errores con el papeleo. Esto podría causarle atrasos, paralización o denegación de la solicitud. Si tiene alguna duda o dificultad, como siempre sugerimos, consulte nuestros sabiondos y expertas aquí.