El objetivo es modificar los artículos 62, 66 y 236, así como la Disposición Especial Tercera de la Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”.

En esencia se prevé que no es de aplicación el Régimen Simplificado de Tributación cuando el trabajador por cuenta propia contrate más de una persona para el ejercicio de la actividad, en cuyo caso tributa conforme al Régimen General de Tributación. Además, se estipula como se hará el cálculo para el pago del impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo para las personas naturales.

Palabras claves: EMPLEADOS, EMPLEO, CONTRATACIÓN, CÁLCULO.