Es el que se aplica a los fines de la liquidación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, mediante el cual los contribuyentes están obligados a presentar concluido cada año fiscal, la Declaración Jurada, mediante el modelo establecido por la Oficina Nacional de Administración Tributaria, el que contiene los ingresos personales obtenidos y los gastos incurridos que se reconocen durante ese período. Entre las actividades que tributan por este régimen se encuentran panadero-dulcero, elaborador vendedor de vinos, servicio gastronómico en cafetería y restaurante, productor vendedor de calzado, fotógrafo, herrero, cerrajero, arrendador de habitaciones y espacios, servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles, entre otros.