Protege a las personas que realizan actividades que, por su naturaleza o por la índole de sus procesos productivos o de servicios, requieren adecuar los beneficios de la seguridad social a sus condiciones. Estos regímenes especiales se regulan mediante legislaciones específicas para: los militares de las Fuerzas Armadas Revolucionarias; los combatientes del Ministerio del Interior; los creadores de artes plásticas y aplicadas, musicales, literarios, de audiovisuales y trabajadores artísticos; los miembros de las Cooperativas de Producción Agropecuaria; los usufructuarios de tierra; y los trabajadores por cuenta propia.